Existe. Enumera los derechos y obligaciones de técnicos y jugadores y no deja lugar a dudas en cuanto a las sanciones disciplinarias a aplicar en cada caso. AS desvela el Régimen Interno del Valencia, un documento de 30 páginas y que se redacta bajo el amparo del Convenio Colectivo suscrito por AFE y LFP. Sus 58 artículos marcan las directrices tanto de conducta como de hábitos de vida, relación con los servicios médicos, prensa, peñas...
El Régimen Interno, redactado en la temporada 2007-08 y que a principio de cada curso se actualiza según las necesidades del club, tiene que ser firmado por presidente, entrenador y capitanes (quienes tienen la obligación de comunicarlo previamente al resto del equipo). Tales normas de comportamiento prohíben, entre otras cosas, practicar motociclismo, automovilismo, esquí, deportes aéreos, usar los teléfonos móviles en el vestuario y en las zonas comunes en las concentraciones, tomar medicación alguna o visitar especialistas ajenos sin autorización de los servicios médicos, "abstinencia de tabaco y otras drogas sociales" y no prohíbe pero sólo permite "un consumo moderado de bebidas alcóholicas".
El documento matiza que la única noche durante la competición en la que tienen libertad de horario es el lunes (siempre que no haya partido entre semana), mientras que el resto de días "los jugadores deberán encontrarse en sus casas antes de la una de la madrugada, salvo los días en los que el entrenador o club conceda permiso y marque la pauta".
Las sanciones
Por faltas leves, tales como una o dos faltas de puntualidad a los entrenamientos; no llevar el DNI o pasaporte en un viaje: 670 euros.Por faltas graves, tales como más de dos retrasos, consumo ocasional de tabaco y de bebidas alcohólicas en grado que perjudiquen a la salud de un deportista: 2.680 euros y suspensión de empleo y sueldo de dos a diez días.Por faltas muy graves, tales como más de cuatro retrasos, actos que perjudiquen la imagen del club o embriaguez manifiesta y habitual: 6.702 euros e informe de despido.
Las sanciones
Por faltas leves, tales como una o dos faltas de puntualidad a los entrenamientos; no llevar el DNI o pasaporte en un viaje: 670 euros.
Por faltas graves, tales como más de dos retrasos, consumo ocasional de tabaco y de bebidas alcohólicas en grado que perjudiquen a la salud de un deportista: 2.680 euros y suspensión de empleo y sueldo de dos a diez días.
Por faltas muy graves, tales como más de cuatro retrasos, actos que perjudiquen la imagen del club o embriaguez manifiesta y habitual: 6.702 euros e informe de despido.
http://www.as.com/futbol/articulo/casa-abstinencia-tabaco/20110401dasdaiftb_17/Tes
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