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jueves, 14 de marzo de 2013

Bankia instará la nulidad del juicio por indefensión


NUEVO EPISODIO DE LA CRISIS ECONÓMICA DEL VALENCIA CF

JOAQUIM CLEMENTE . HOY La entidad financiera buscará que se declare nulo el juicio que invalida el aval del IVF a la Fundación VCF, alegando que se produjo indefensión al no ser llamados como parte afectada


VALENCIA.
La sentencia que anula el aval de la Generalitat Valenciana al crédito de Bankia a la Fundación Valencia CF podría incurrir en un defecto de forma que propicie la nulidad de todo el proceso. Así lo consideran las distintas fuentes jurídicas consultadas por este periódico que consideran que la juez debió haber llamado a la entidad financiera a declarar como parte afectada por la demanda, algo que no ocurrió.
Esta vía, la de buscar la nulidad del juicio, es la que explora Bankia para defender sus intereses, ya que entiende que en el proceso que ha acabado con la sentencia que da por inválido el aval del Instituto Valenciano de Finanzas (IVF) al préstamo concedido con la Fundación, se produjo un caso de indefensión.
Las fuentes jurídicas consultadas apuntan a que existen motivos suficientes para que Bankia reclame la nulidad, ya que la ley deja claro que hay que dar voz a todas aquellas partes que estén implicadas en el proceso. "La sentencia afecta a forma directa a una parte que no ha participado en el proceso, lo que abre una puerta muy clara para la nulidad del mismo", explican las mismas fuentes.
La denuncia se planteó por parte de dos accionistas del Valencia CF, a través de la asociación de usuarios de banca Ausbanc, contra el Instituto Valenciano de Finanzas por la concesión del aval a la Fundación VCF para que consiguiera el préstamo de Bankia con el que cubrir la ampliación de capital del club.
Sin embargo, y pese a que la anulación del aval -elemento imprescindible para que Bankia (entonces Bancaja) concediese el crédito- supone que la entidad financiera queda sin respaldo a su inversión crediticia, el juzgado que instruyó el caso no citó como parte al banco. Así, la sentencia arroja una curiosa paradoja jurídica, y es que el condenado, el IVF, sale beneficiado, al verse liberado de su obligación de cubrir el impago que, finalmente, sí se ha producido.

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