REDACCIÓN | VALENCIA..-
La magistrada del juzgado de lo contencioso-administrativo número tres de Valencia ha rechazado una cuestión previa de inadmisibilidad planteada por Bankia en el proceso que se sigue por el aval del Instituto Valenciano de Finanzas a la Fundación sobre el préstamo. Así consta en un auto de fecha 19 de febrero donde se pronuncia sobre una alegación previa de Bankia en la que cuestionaba la legitimidad de los accionistas del club que dieron inicio al proceso.
La jueza descarta la tesis de la entidad codemandada en cuanto a que fuera objeto de recurso la concesión de un aval y, por tanto, al no haber sido impugnado este acto, hubiera quedado firme por consentido. Al respecto, señala que el objeto del recurso no es un acto administrativo «sino una actuación material pretendidamente constitutiva de vía de hecho, cual es la concesión de aval sin sujeción a procedimiento alguno o bien incurriendo en tales omisiones que permita equiparar tales infracciones a la ausencia de procedimiento».
Considera acreditado que los socios demandantes no conocieron los elementos que permitían incluir la actuación administrativa en vía de hecho «hasta que transcurrió un lapso prudencial entre el otorgamiento del aval y la falta de publicación de su autorización por parte de la UE», y no tuvo conocimiento hasta que se le dio traslado del expediente administrativo el 21 de mayo de 2012». Para los demandantes, esta decisión aleja un poco más al IVF del aval, ahora cautelarmente anulado.
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